Bogotá. El Consejo de Estado a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, anuló el laudo arbitral proferido por el Tribunal de Arbitramento del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, el cual fue convocado para dirimir la diferencias entre el Instituto Nacional de Vías (Invías) y el Consorcio Doble Calzada Buenaventura (conformado por CONALVÍAS S.A, ASMI Construcciones S.A y Puentes y Torrones S.A,), en el marco del contrato 3396 de 2006.
De acuerdo con la sentencia, el Consejo de Estado negó las pretensiones económicas del Consorcio Doble Calzada Buenaventura las cuales de acuerdo con la liquidación del Invías ascendían a más de $9.000 millones y en la solicitud de pago presentado por el Consorcio Doble Calzada Buenaventura, la condena se encontraba en $15.000 millones.



