DERECHOS DE LOS CIUDADANOS
- Presentar peticiones en cualquiera de sus modalidades, verbalmente, o por escrito, o por cualquier otro medio idóneo y sin necesidad de apoderado, así como a obtener información y orientación acerca de los requisitos que las disposiciones vigentes exijan para tal efecto. Las anteriores actuaciones podrán ser adelantadas o promovidas por cualquier medio tecnológico o electrónico disponible en la entidad, aún por fuera de las horas de atención al público.
- Conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite y obtener copias, a su costa, de los respectivos documentos.
- Salvo reserva legal, obtener información que repose en los registros y archivos públicos en los términos previstos por la Constitución y las leyes.
- Obtener respuesta oportuna y eficaz a sus peticiones en los plazos establecidos para el efecto.
- Ser tratado con el respeto y la consideración debida a la dignidad de la persona humana.
- Recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes o adultos mayores, y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política.
- Exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los servidores públicos y de los particulares que cumplan funciones administrativas.
- A formular alegaciones y aportar documentos u otros elementos de prueba en cualquier actuación administrativa en la cual tenga interés, a que dichos documentos sean valorados y tenidos en cuenta por las autoridades al momento de decidir y a que estas le informen al interviniente cuál ha sido el resultado de su participación en el procedimiento correspondiente.
- Cualquier otro que le reconozca la Constitución y las leyes.
DEBERES
- Acatar la Constitución y las leyes.
- Obrar conforme al principio de buena fe, absteniéndose de emplear maniobras dilatorias en las actuaciones, y de efectuar o aportar, a sabiendas, declaraciones o documentos falsos o hacer afirmaciones temerarias, entre otras conductas.
- Ejercer con responsabilidad sus derechos, y en consecuencia abstenerse de reiterar solicitudes evidentemente improcedentes.
- Observar un trato respetuoso con los servidores públicos.
NORMAS
Dentro del Instituto Nacional de Vías, se ha adoptado la normativa que establece los lineamientos orientados al cumplimento del relacionamiento Estado – Ciudadano y a las peticiones, quejas, reclamos y denuncias, con el objetivo de mejorar nuestra atención a cada uno de nuestros ciudadanos y grupos de valor.
Resolución 6258 del 31-12-2024: Por medio de la cual se reglamenta el trámite de las Peticiones, Quejas y Reclamos y Denuncias - PQRD en el Instituto Nacional de Vías - INVÍAS y se establecen otras disposiciones.
Ley 2052 del 25 de agosto de 2020: Por medio de la cual se establecen disposiciones transversales a la rama ejecutiva del nivel nacional y territorial y a los particulares que cumplan funciones públicas y/o administrativas, en relación con la racionalización de trámites y se dictan otras disposiciones.
Ley 1755 del 30 de junio de 2015: Por medio de la cual se establecen disposiciones transversales a la rama ejecutiva del nivel nacional y territorial y a los particulares que cumplan funciones públicas y/o administrativas, en relación con la racionalización de trámites y se dictan otras disposiciones.
CANALES DE ATENCIÓN
Para lo pertinente el Instituto Nacional de vías ha dispuesto los siguientes medios, espacios o escenarios denominados canales, por medio de los cuales el ciudadano puede hacer efectivos sus derechos:
CANAL |
MECANISMO |
UBICACIÓN |
HORARIO DE ATENCIÓN |
Presencial |
Centro de Atención al Ciudadano Direcciones territoriales |
Sede Principal: Calle 25G # 73B-90 – Local 103 Complejo Empresarial Central Point – Bogotá. Nivel nacional |
Lunes a viernes hábiles de 8:00 am a 4:30 pm |
Telefónico |
Línea Gratuita Nacional |
(+ 57) 018000117844 |
Lunes a viernes hábiles de 8:00 am a 4:30 pm |
Línea fija desde Bogotá |
(+ 57) 601 377 0600 |
Lunes a viernes hábiles de 8:00 am a 4:30 pm |
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Línea para denuncias de actos de corrupción |
(+ 57) 601 377 0600 opción 4 |
Lunes a viernes hábiles de 8:00 am a 4:30 pm |
|
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Virtual | Página Web | Permanente | |
Correo electrónico |
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Permanente |
Documentos