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Derechos del Ciudadano y Canales de Atención

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DERECHOS DE LOS CIUDADANOS

  1. Presentar peticiones en cualquiera de sus modalidades, verbalmente, o por escrito, o por cualquier otro medio idóneo y sin necesidad de apoderado, así como a obtener información y orientación acerca de los requisitos que las disposiciones vigentes exijan para tal efecto. Las anteriores actuaciones podrán ser adelantadas o promovidas por cualquier medio tecnológico o electrónico disponible en la entidad, aún por fuera de las horas de atención al público.
  2. Conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite y obtener copias, a su costa, de los respectivos documentos.
  3. Salvo reserva legal, obtener información que repose en los registros y archivos públicos en los términos previstos por la Constitución y las leyes.
  4. Obtener respuesta oportuna y eficaz a sus peticiones en los plazos establecidos para el efecto.
  5. Ser tratado con el respeto y la consideración debida a la dignidad de la persona humana.
  6. Recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes o adultos mayores, y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política.
  7. Exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los servidores públicos y de los particulares que cumplan funciones administrativas.
  8. A formular alegaciones y aportar documentos u otros elementos de prueba en cualquier actuación administrativa en la cual tenga interés, a que dichos documentos sean valorados y tenidos en cuenta por las autoridades al momento de decidir y a que estas le informen al interviniente cuál ha sido el resultado de su participación en el procedimiento correspondiente.
  9. Cualquier otro que le reconozca la Constitución y las leyes.

DEBERES

  1. Acatar la Constitución y las leyes.
  2. Obrar conforme al principio de buena fe, absteniéndose de emplear maniobras dilatorias en las actuaciones, y de efectuar o aportar, a sabiendas, declaraciones o documentos falsos o hacer afirmaciones temerarias, entre otras conductas.
  3. Ejercer con responsabilidad sus derechos, y en consecuencia abstenerse de reiterar solicitudes evidentemente improcedentes.
  4. Observar un trato respetuoso con los servidores públicos.

NORMAS

Dentro del Instituto Nacional de Vías, se ha adoptado la normativa que establece los lineamientos orientados al cumplimento del relacionamiento Estado – Ciudadano y a las peticiones, quejas, reclamos y denuncias, con el objetivo de mejorar nuestra atención a cada uno de nuestros ciudadanos y grupos de valor.

icon Ley 2052 del 25 de agosto de 2020: Por medio de la cual se establecen disposiciones transversales a la rama ejecutiva del nivel nacional y territorial y a los particulares que cumplan funciones públicas y/o administrativas, en relación con la racionalización de trámites y se dictan otras disposiciones.

icon Resolución 4592 del 21 de junio de 2017: Por medio de la cual se reglamenta el procedimiento interno del Derecho de Petición, las Quejas, Reclamos y Denuncias - PQRD en el Instituto Nacional de Vías y se establecen otras disposiciones.

icon Ley 1755 del 30 de junio de 2015: Por medio de la cual se establecen disposiciones transversales a la rama ejecutiva del nivel nacional y territorial y a los particulares que cumplan funciones públicas y/o administrativas, en relación con la racionalización de trámites y se dictan otras disposiciones. 

 


CANALES DE ATENCIÓN

Para lo pertinente el Instituto Nacional de vías ha dispuesto los siguientes medios, espacios o escenarios denominados canales, por medio de los cuales el ciudadano puede hacer efectivos sus derechos:

CANAL

MECANISMO

UBICACIÓN

HORARIO DE ATENCIÓN

Presencial

Centro de Atención al Ciudadano

Sede Principal: Calle 25G # 73B-90 – Local 103 Complejo Empresarial Central Point – Bogotá

Lunes a viernes hábiles de 8:00 am a 5:00 pm

Telefónico

Línea Gratuita Nacional

(+ 57) 018000117844

Lunes a viernes hábiles de 8:00 am a 5:00 pm

Línea fija desde Bogotá

(+ 57)  601 377 0600

Lunes a viernes hábiles de 8:00 am a 5:00 pm

Línea para denuncias de actos de corrupción

(+ 57)  601 377 0600 opción 4

Lunes a viernes hábiles de 8:00 am a 5:00 pm

Desde móviles #767 Permanente
Virtual Página Web

Portal Web

Buzón de PQRD

Permanente
Correo electrónico

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