A continuación se relaciona el listado de preguntas más frecuentemente consultadas por los ciudadanos con su respectiva respuesta, de acuerdo con la información suministrada por nuestro Grupo de Atención al Ciudadano.
¿Cómo puedo conocer el estado de tráfico de las carreteras?
A través de la página https://www.invias.gov.co/767/estadovias.html, se puede conocer el estado de las vías en lo que se refiere a novedades por cierres y mantenimiento. Para establecer congestión vehicular el usuario puede hacer uso de diferentes aplicaciones móviles de navegación GPS
en tiempo real, las cuales se encuentran disponibles en tabletas y celulares.
¿Cuál es la diferencia entre las vías nacionales, departamentales y municipales?
Las nacionales son vías que conectan capitales de departamento, las departamentales enlazan municipios, mientras que las municipales corresponden a vías terciarias; son internas y llevan a sitios de interés turístico.
Nota: La ley que soporta esta respuesta, es la ley 105 de 1993.
¿Si estoy en una vía donde no hay peajes, tengo derecho al servicio de grúa?
En Invias actualmente no cuenta con servicio de grúa
¿A quién me debo dirigir para interponer una queja sobre un funcionario de un peaje del INVIAS?
Puede ingresar por la página https://www.invias.gov.co, dar clic en la pestaña Atención Al Ciudadano, luego en Peticiones, Quejas, Reclamos y Denuncias, allí podrá registrar su inconformidad y realizar el seguimiento de la misma.
¿Dónde puedo conocer los procesos de contratación vigentes el Invías?
A través de las páginas SECOP I y SECOP II, el Instituto Nacional de Vías presenta la información sobre los procesos de contratación adelantados por la entidad.
SECOP I
https://www.colombiacompra.gov.co/compradores/secop-i/consulte-en-el-secop-i
SECOP II
https://community.secop.gov.co/Public/Tendering/ContractNoticeManagement/Index?currentLanguage=en&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE
¿Cómo puedo conocer los proyectos que actualmente está ejecutando el Invias?
El Gestor de Proyectos de Infraestructura - GPI es una herramienta digital creada por el Ministerio de Transporte, que permite recolectar, almacenar, procesar y optimizar el flujo de información en cada uno de los departamentos donde se están realizando obras de infraestructura.
Para acceder a ella se debe ingresar por la página del Invias, dar clic en la pestaña Seguimiento a la Inversión, allí se despliega la pestaña Proyectos Invias. (Terminados y en ejecución).
¿Cuál es la razón por la cual no se atienden las situaciones de pasos restringidos y duran mucho tiempo incluso años sin intervenir?
Obedece a la asignación de recursos ya a las prioridades de atención de emergencias que generan cierres totales.
¿Dónde se puede consultar el mapa vial de las carreteras?
El mapa vial de las carreteras se puede consultar en la página web del INVIAS, a través de nuestro geoportal mapa de carreteras que se puede encontrar en la parte final de la página o en el siguiente enlace: http://hermes.invias.gov.co/carreteras/
Allí podrá ver información referente a red vial, peajes, PRs, puentes, categorías de las vías a cargo (INVIAS-ANI), puede hacer visualizaciones, consultas, postes de referencia, medición de áreas y distancias, cálculo de rutas de viaje. Este mapa cuenta con información de la red a cargo del INVIAS indicada con líneas de color rojo, el resto de la red es información derivada que fue facilitada ya sea por el IGAC, la ANI- señaladas con líneas de color morado, el Ministerio de Transporte o las Gobernaciones.
¿Cómo puedo consultar el estado actual de las vías?
En la página web del INVIAS en la parte superior izquierda encontrara un menú en el cual se encuentra “RED VIAL NACIONAL” en la página que se despliega encontrara un link denominado Estado de la Red Vial en el cual encontrara la información por territorial; es de aclarar que esta información se publica semestralmente.
Así mismo, podrá consultar a través de la línea de atención Numeral 767 el estado de las vías, información de pico y placa a nivel nacional, entre otras.
¿En qué consiste la Gestión Predial?
La gestión predial es una etapa preconstructiva que consiste en el siguiente flujo de actividades: planeación, identificación y adquisición de inmuebles requeridos para la construcción de obras públicas.
¿En qué consiste la Gestión Social?
Consiste en llevar a cabo un “Plan de Gestión Social”, en el cual se desarrollan diferentes programas con el fin de prevenir, mitigar, corregir y/o compensar los impactos sociales que se pueden ocasionar a las unidades sociales y/o comunidades del Area de Influencia Directa –AID, antes durante y después de la construcción de una obra pública de infraestructura vial, marítima, fluvial y férrea, que se reflejan en el desarrollo sostenible; de la red vial no concesionada a cargo del Instituto Nacional de Vías – INVIAS.
El Plan de Gestión Social se debe llevar a cabo de acuerdo a: Si son Proyectos Licenciados bajo la normatividad vigente de Agencia Nacional de Licencias Ambientales – ANLA- y para los proyectos No licenciados se deben tener en cuenta los lineamientos de la Guía de Manejo Ambiental – PAGA- del Instituto Nacional de Vías - INVIAS.
¿En qué consiste la Gestión Ambiental?
La gestión ambiental consiste en el conjunto de actividades, normas e instrumentos para la planeación, ejecución y supervisión de obras de infraestructura de la red vial, férrea, fluvial y marítima, no concesionada, de acuerdo a los lineamientos dados por el Gobierno Nacional y en cumplimiento de la normatividad ambiental, con el objeto de prevenir, mitigar, corregir y/o compensar los impactos ambientales negativos y potenciar los impactos ambientales positivos generados por las obras en el medio ambiente.
¿Cuál es el trámite para solicitar las certificaciones de funciones, cargo desempeñado, sueldo y tiempo de servicio?
La solicitud debe efectuarse vía electrónica a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., remitiendo los datos principales, nombres y apellidos, número de identificación y demás datos que considere convenientes. También se debe especificar el tipo de certificación que requiere (con funciones, salario, tiempo de servicio) y dirigir su solicitud con destino a la Subdirección de Gestión Humana.
¿Cómo puedo realizar el trámite de Transmisión de derechos laborales?
Este derecho se encuentra consagrado en el artículo 58 del Decreto 1848 de 1969, para realizar el trámite se requiere de la solicitud de el o los beneficiarios mediante escrito, aportando los siguientes documentos:
a) Registro Civil de Defunción del causante b) Registro Civil de matrimonio o declaración extra-juicio sobre la condición de compañera (o) permanente c) Registros civiles de nacimiento de los hijos.
Luego del estudio de los documentos y si estos se encuentran en regla, se procede a efectuar las publicaciones de Ley conforme a lo establecido en el artículo 56 del Decreto 1848 de 1969 una vez cumplido con los términos legales, se profiere el acto administrativo de reconocimiento para aquellas personas que acreditaron su derecho.
Observación: La respuesta se debe modificar en el entendido que la respectiva transmisión de derechos labores se regula conforme al decreto 1083 de 2015, en su artículo 2.2.32.7, que establece:
“ARTÍCULO 2.2.32.7 Transmisión de derechos laborales. Al fallecimiento del empleado
oficial se transmite a sus herederos el derecho al auxilio de cesantía correspondiente al de cujus, lo mismo que los demás derechos laborales causados en favor de éste y que no se hubieren satisfecho antes de su muerte”.
Lo anterior toda vez que se está citando una normatividad derogada, lo cual podría generar confusiones.
¿Qué es el certificado de devengados y como se puede solicitar?
Es un documento en el que van registrados los datos personales del funcionario (nombres y apellidos, número de cédula, fecha de nacimiento, cargo, fechas de ingreso y de retiro de la Entidad); de igual manera los factores salariales liquidados año por año, mes a mes, incluyendo el aporte pensional y el nombre del Fondo de pensiones al cual se le ha girado.
Se puede solicitar mediante vía electrónica a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando los datos completos de la persona solicitante.
¿Qué tipos de certificados de bonos pensionales existen y quien los puede solicitar?
Actualmente el sistema CETIL (Certificado Electrónico de Tiempos Laborados), permite generar seis tipos de certificaciones las cuales son: “solo vinculación”, “Tiempo y Salario a junio 30 de 1992”, “Tiempo y Último Salario”, “Tiempo y Salarios Mes a Mes”, “Tiempo y Salarios del Último Año”, y “Tiempo y Salarios de los Últimos 10 Años”. Pueden solicitar certificación CETIL las AFP o Colpensiones a través del aplicativo de la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda, o los exfuncionarios del antiguo Ministerio De Obras Públicas, Fondo Nacional de Caminos Vecinales y Peajes Nacionales, y los funcionarios activos de la planta del instituto a través del correo de Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Las certificaciones son generadas según lo dispuesto en el artículo 2.2.9.2.2.2 del Decreto 726 de 2018, al establecer que los únicos tiempos de servicio que se deben certificar en formato CETIL por parte del Instituto Nacional de Vías son aquellos sobre los que se realizaron cotizaciones a CAJANAL, entidad hoy liquidada, toda vez que esta entidad no contaba con su propia historia laboral. La información requerida fuera de estos tiempos deberá ser solicitada por cada afiliado a su fondo de pensión.
Cuándo la entidad modifica alguna de las fechas establecidas en el pliego de condiciones, ¿En dónde puedo encontrar las nuevas fechas establecidas?
Cuando la entidad requiere modificar la cronología establecida para uno o varios procesos, lo hace mediante comunicados numerados sucesivamente, los cuales son publicados para cada proceso que modifica.
¿Desde cuándo se puede consultar el pliego de condiciones definitivo de una licitación?
A partir de la fecha de apertura de cada proceso licitatorio, establecida en el aviso de prensa. Las personas interesadas pueden consultar un pliego de condiciones definitivo, en el módulo de contratación de la página web de la entidad: www.invias.gov.co en el link: Avisos de Convocatorias. En el cual visualizarán los diferentes procesos de contratación que adelanta la entidad.
También se puede consultar en el siguiente link: https://community.secop.gov.co/STS/Users/Login/Index?SkinName=cce en el ítem: buscar proceso de contratación.
¿Cómo solicitar el permiso de carga Extrapesada y Extradimensionada?
Los parámetros y procedimientos asociados a cada tipo de permiso que aplicaría según sea el caso para evaluar:
Permisos de movilización de carga indivisible extradimensionada ordinaria: bajo lo estipulado en el artículo 8 de la Resolución 4959 del 8 de noviembre de 2006, proferida por el Ministerio de Transporte.
A continuación, se presenta el enlace dispuesto por el gobierno nacional a través de la web Gov.co para los tramites a cargo del Instituto Nacional de Vías, en donde se encuentra el instructivo en caso de que la carga indivisible no supere los tres punto seis (3,6) metros de ancho, el alto no supere los cuatro punto cuatro (4,4) metros (medida desde el piso hasta la parte más alta de la carga o el vehículo), el largo sobresaliente por la parte posterior del vehículo no supere los tres (3) metros y cuando su Peso Bruto Vehicular (P.B.V) (carga + equipo de transporte) no supere las cincuenta y dos (52) toneladas: https://www.gov.co/ficha-tramites-y-servicios/T3382
El anterior trámite se puede adelantar a través del siguiente enlace: https://app.invias.gov.co:8080/tramites/faces/out/index.xhtml
Por tratarse de un permiso a cargo del grupo de atención al ciudadano, en caso de tener inconvenientes con el aplicativo INVITRAMITES, se sugiere solicitar el correspondiente soporte a través de Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
¿Cómo solicitar el permiso de cierre de vía para eventos deportivos y culturales?
A través del navegador GOOGLE, ingresar a la página SUIT – SISTEMA ÚNICO DE INFORMACIÓN DE TRÁMITES del DAFP – Departamento Administrativo de la función pública o directamente al enlace: https://www.gov.co/ficha-tramites-y-servicios/T3379 y consultar lo relativo a permisos de cierre de vía para eventos deportivos y culturales.
Finalmente, si continúan las dudas e inquietudes comuníquese directamente a la línea telefónica 7056000, extensiones 1167/1331/ 1328/1605/1605.
¿Cómo solicitar el permiso provisional de uso de zona de vía?
1. Para la autorización de intervención por parte del Instituto Nacional de Vías, se deberá presentar la solicitud de permiso provisional de uso de zona de vía, de conformidad con lo establecido en el procedimiento con código MRTI–PR–2. Los requisitos para el trámite pueden ser consultados a través de los siguientes enlaces: https://www.gov.co/fichatramites-y- servicios/T3380 y http://visor.suit.gov.co/VisorSUIT/index.jsf?FI=3380
2. Es importante señalar que, la radicación de la solicitud deberá realizarse en la Dirección Territorial del INVIAS encargada de la administración del corredor vial en el sector, con el fin de iniciar el trámite del permiso, el cual puede ser verificado en el mapa de carreteras del Instituto Nacional de Vías, y a través del siguiente enlace se puede acceder: https://hermes.invias.gov.co/carreteras/
Finalmente, si aún continúan las dudas e inquietudes comuníquese directamente a la línea telefónica 7056000, extensiones 1167/1331/ /1290 o a la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
¿Cuál es el trámite que debo adelantar para obtener un permiso para el uso de zona de carretera?
Ingrese a la página web de INVÍAS www.invias.gov.co
A través de la ruta (o desplegables) entrar a la pestaña denominada Atención al Ciudadano - trámites y servicios
De clic en INVITRÁMITES- No más filas – Permisos (,,,,,)
Consultar la información sobre procedimientos y requisitos para el trámite del permiso de uso de zona de vía.
Finalmente si aún continúan las dudas e inquietudes comuníquese directamente a la línea telefónica 7056000, extensiones 1167/1331/ /1290
¿Cuál es el trámite que debo adelantar para obtener el certificado de ingresos y retenciones?
Si usted está interesado en solicitar un certificado de ingresos y retenciones realice la correspondiente solicitud por uno de los canales de atención dispuestos por el Instituto así:
• Si es una funcionaria o funcionario activo: se puede descargar a través de INVICAJERO, desde la Intranet de INVIAS.
• Si es una funcionaria o funcionario inactivo o exfuncionario, el certificado de ingresos y retenciones lo puede requerir mediante solicitud a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., dirigiendo el trámite a la Subdirección de Gestión Humana.
• Para empresas y contratistas puede requerir al Grupo de Tesorería de la Subdirección Financiera al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., indicando cédula de ciudadanía o NIT de la empresa del cual desea obtener el certificado y el año del mismo. Así mismo se certifican todos los pagos que constituyen ingreso para un funcionario y que no son liquidados a través de nómina (apoyo educativo, viáticos, estímulos).
¿Cuáles son las tarifas de Peajes vigentes?
Para conocer las tarifas de peajes vigentes de click AQUÍ https://www.invias.gov.co/index.php/listado-tarifas-peajes-2
Es importante señalar que las tarifas están sujetas a variaciones de conformidad con los lineamientos expedidos por el Ministerio de Transporte.
¿Qué requisitos se deben cumplir para tener beneficio de la tarifa diferencial de peajes y/o Tarjeta Inteligente TIE?.
Para la Resolución 228 de 2013 expedida por el Ministerio de Transporte, los propietarios de los vehículos beneficiarios de las tarifas especiales deberán cumplir con las condiciones reguladas para cada estación, en consonancia con una solicitud escrita al Instituto Nacional de Vías INVIAS, Grupo Peajes, indicando placa del vehículo, dirección, teléfono, correo electrónico y adjuntar los siguientes documentos:
1. Para vehículos de servicio Público (Vinculados a empresas de transporte público)
•Certificación de constitución de la empresa de transporte
•Resolución de autorización de ruta expedida por la autoridad competente
•Fotocopia de la tarjeta de operación
•Fotocopia de la cedula de ciudadanía del propietario
•Fotocopia de la licencia de transito del vehículo
2. Para vehículos de servicio particular (persona natural), los documentos requeridos deben estar a nombre del solicitante:
•Certificado de residencia (original) expedido por el alcalde municipal indicando dirección de residencia
•Certificado de tradición y libertad del inmueble donde reside o copia del contrato de arrendamiento
•Fotocopia de la cedula de ciudadanía
•Fotocopia de la licencia de transito
Para acceder y mantener el beneficio de la tarifa especial, el propietario del vehículo deberá transitar por la respectiva estación de peaje con una frecuencia mínima de 15 pasos al mes. Una vez cumplidos con los pasos anteriores, se procede con la autorización, emisión, instalación y activación de la tarjeta de identificación electrónica (TIE).
En todo caso se debe tener presente las regulaciones especiales dependiendo del tipo de peaje, según sea el caso.
¿Qué es un convenio y que clases existen?
Son negocios jurídicos celebrados entre dos o más personas jurídicas con el objeto de coordinar, cooperar o colaborar en la realización de funciones administrativas de interés común para las partes que lo suscriben y tiene como finalidad, garantizar el eficiente y eficaz ejercicio de las funciones públicas.
Los convenios pueden ser:
• convenio Interadministrativos
• convenio de cooperación.
• convenio de asociación
• convenio de colaboración
• convenio de ciencia
¿En qué consisten las Foto Detecciones o "Foto Multas"?
Son infracciones al tránsito que se imponen por medio electrónico sobre las vías y/o carreteras nacionales.
La competencia reglamentaria para establecer las Foto Detecciones o “Foto Multas” corresponde al Ministerio de Transporte.
¿Qué son los Organismos de Transito?
La Ley 1310 de1 26 de junio de 2009, en su artículo primero, define los Organismos de Transito como:
“Entidades públicas del orden nacional, distrital o departamental que tiene como función organizar, dirigir y controlar el tránsito y el transporte en su respectiva jurisdicción”.
La Ley 769 de 2002, en su artículo 6 establece quienes son organismos de tránsito.
ARTÍCULO 6° . Organismos de tránsito. Serán organismos de tránsito en su respectiva jurisdicción:
a) Los departamentos administrativos, institutos distritales y/o municipales de tránsito;
b) Los designados por la autoridad local única y exclusivamente en los municipios donde no hay autoridad de tránsito;
c) Las secretarías municipales de tránsito dentro del área urbana de su respectivo municipio y los corregimientos;
d) Las secretarías distritales de tránsito dentro del área urbana de los distritos especiales;
e) Las secretarías departamentales de tránsito o el organismo designado por la autoridad, única y exclusivamente en los municipios donde no haya autoridad de tránsito.
PARÁGRAFO 1o . En el ámbito nacional será competente el Ministerio de Transporte y los organismos de tránsito en su respectiva jurisdicción para cumplir las funciones que les sean asignadas en este código.
PARÁGRAFO 2o . Le corresponde a la Policía Nacional en su cuerpo especializado de carreteras el control de las normas de tránsito y la aplicación de este código en todas las carreteras nacionales por fuer a del perímetro urbano de los municipios y distritos.
¿En qué consisten las vías y/o autopistas de cuarta generación 4G y que entidad del estado es la encargada de implementar y desarrollar su infraestructura?
Las 4G nacieron en un ambiente institucional. “El lanzamiento de este mega programa coincide con la creación de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y la sanción de la Ley de APP (1508 de 2012), hitos clave dentro del proceso de modernización del sector transporte”.
Las Vías 4G, también llamadas Carreteras 4G, y formalmente Cuarta Generación (4G) de Concesiones Viales de Colombia, 1 2 es un programa de infraestructura vial en Colombia que plantea la construcción y operación en concesión de más de 8,000 km de carreteras, incluyendo 1,370 km de doble calzadas, y 159 túneles, en más de 40 nuevas concesiones. Su objetivo principal es mejorar la competitividad del país, disminuyendo el costo y tiempos de transporte de personas y, en especial, de carga, desde los puntos de manufactura hasta los puertos de exportación.3 A octubre de 2015, se han estructurado tres 'olas' de contratos de las Vías 4G.
La entidad del orden nacional adscrito al Ministerio de Transporte, es la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, la encargada del desarrollo de los proyectos viales de 4G.
¿Qué son las (APP-IP)?
Son las Asociaciones Público-Privadas de Iniciativa Privada
Asociaciones Público Privadas APP, se regirán por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y la Ley 1508 de 2012.
Constituyen un mecanismo de vinculación de capital privado para la construcción de infraestructura pública y sus servicios asociados.
¿Cómo están clasificadas las carreteras en Colombia?
https://www.invias.gov.co/index.php/component/content/article/2-uncategorised/2706-clasificacion-de-las-carreteras
¿Cómo se puede consultar el estado de las carreteras a cargo del INVIAS ?
https://www.invias.gov.co/index.php/component/content/article/2-uncategorised/57-estado-de-la-red-vial
¿Cuál es el Decreto que reglamenta el Sector transporte?
El Decreto Único reglamentario del Sector Transporte es el Decreto 1079 del 26 de Mayo de 2015, en el cual encontrara información relacionada con las entidades que pertenecen al sector, las funciones y organización de cada una de ellas.
El decreto 2642 de 2022, Modifica el parágrafo 5 del artículo 2.2.1.3.2.1. del Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte.
¿Cuál es la forma de vinculación laboral que tiene el INVIAS?
La vinculación de funcionarios al Instituto Nacional de Vias se realiza por medio de concurso de méritos, en concordancia con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 y 648 de 2017.
¿Cuáles son las directrices para los procesos contractuales con el Instituto?
Las directrices para los procesos contractuales con el Instituto pueden consultarse en: https://www.invias.gov.co/index.php/contratacion2/transparencia-en-la-contratacion
¿Dónde puedo encontrar los Manuales, guías, cartillas o lineamientos técnicos?
Puede encontrar los manuales, guías, cartillas y lineamientos técnicos en el siguiente enlace: https://www.invias.gov.co/index.php/documentos-tecnicos. En este enlace, se encuentran disponibles los documentos técnicos que te permitirán acceder a la información requerida de manera detallada y organizada.
¿Quienes son los competentes para atender emergencias en la vía cuando en estas resultan afectadas los usuarios de la infraestructura vial?
A partir de la expedición de la Ley 1523 de 2012, se incorporó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, y enfatizó la importancia y obligaciones de los entes territoriales (Municipio Y Departamento) en la construcción de los planes territoriales de gestión del riesgo, y las estrategias para la respuesta a emergencias, igual los Planes de recuperación, además de la creación de los Consejos Territoriales de Gestión y el Manejo de Desastres, y los Fondos territoriales de Gestión del Riesgo, correspondiéndole al Departamento y al Municipio, a través del comité regional para la prevención y atención de desastres (CREPAD) la remoción de tierra y escombros con maquinaria pesada, elaboración de un censo de las personas y viviendas afectadas, pues a estos les corresponde la atención de emergencias. Así las cosas le compete a los entes territoriales, departamentos y los municipios, atender las emergencias y recuperar los cuerpos de las personas afectadas.
¿Quién se encarga del cuidado y recuperación de las fajas mínimas de retiro o áreas de exclusión de las carreteras del sistema vial nacional?
Para brindar una respuesta suficiente es necesario remitirse a la legislación nacional que regula las fajas mínimas de retiro o áreas de exclusión en la red vial nacional, por consiguiente:
Ley 1228 de 2008 ...por la cual se determinan las fajas mínimas de retiro obligatorio o áreas de exclusión, para las carreteras del sistema vial nacional, se crea el Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras y se dictan otras disposiciones.
"Artículo 9°. Deberes de las autoridades. Es deber de los alcaldes cuidar y preservar las áreas de exclusión a las que se refiere esta ley y en consecuencia, están obligados a iniciar de inmediato las acciones de prevención de invasiones y de restitución de bienes de uso público cuando sean invadidas o amenazadas so pena de incurrir en falta grave. Para tales efectos, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía de Carreteras adscrita al Ministerio de Defensa y las demás autoridades de tránsito de todo orden quedan obligadas a reportar a los alcaldes sobre cualquier comportamiento anormal con respecto al uso de dichas fajas."
Adicionalmente,
Artículo 4°. Los gobernadores y los alcaldes, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 2° del artículo 13 de la Ley 105 de 1993, deberán proteger y conservar la propiedad pública representada en las fajas de terreno adquiridas por el Gobierno Nacional, las gobernaciones o por las alcaldías en virtud del Decreto-ley 2770 de 1953, al igual que las que se adquieran conforme a lo establecido en la presente ley.
Estarán igualmente obligados a iniciar inmediatamente las acciones de recuperación en caso de invasión de estos corredores. De otro lado, cuando en la infraestructura de la red vial no concesionada a cargo del Instituto Nacional de Vías, se ejecuten obras que requieran de la atención y seguimiento permanente, dichas actividades se realizan bajo los parámetros del Decreto 1292 de 2021, acorde con las funciones asignadas a las Direcciones Territoriales del Instituto, de la siguiente manera:
Decreto No.1209 de 2021
"Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías -INVIAS." Artículo 13°. DIRECCIONES TERRITORIALES. Son funciones de las Direcciones Territoriales las siguientes:
13.4. Ejercer la supervisión de la ejecución de los contratos de la infraestructura a cargo del Instituto, dentro de su jurisdicción.
13.8. Coordinar con la Policía de Carreteras y demás autoridades competentes, el cumplimiento de las normas sobre uso de las vías, derechos de las zonas de carreteras y protección de la seguridad de los usuarios de las mismas.
¿Cuáles son las obligaciones de las autoridades territoriales frente al derecho a la vivienda digna ante riesgos de desastres en zona de vía?
Debido a las condiciones de vulnerabilidad y amenaza que se encuentran las personas asentadas en zonas que por las condiciones del suelo o por el efecto de las actividades humanas puedan ser consideradas como proclives a la presencia de derrumbes, deslizamientos o situaciones similares,( Sentencia T-585 de 2008 (MP. Humberto Antonio Sierra Porto) el legislador ha desarrollado un sistema normativo tendiente a la protección de los derechos y los bienes de las personas a través de diferentes acciones y procedimientos. (Ver Ley 9ª de 1989 ).
En efecto, el artículo 56 de la Ley 9ª de 1989 “Por la cual se dictan normas sobre planes de desarrollo municipal, compraventa y expropiación de bienes y se dictan otras disposiciones”, atribuyó a los Alcaldes Municipales la obligación de realizar un inventario de los asentamientos humanos ubicados en zonas con alto riego de deslizamiento o derrumbes, procediendo posteriormente a la reubicación de las personas que allí habitan. Dicha norma también faculta a los alcaldes a realizar desalojos cuando las condiciones de seguridad física así lo requieran.
De acuerdo a esto, la jurisprudencia constitucional ha establecido que las autoridades locales tienen las siguientes obligaciones: (i) tener una información actual y completa de las zonas de alto riesgo de deslizamientos o derrumbes que se encuentran en su municipio, y (ii) adoptar las medidas necesarias de reubicación en los casos en que personas se encuentren ubicadas en las zonas donde se ponga en riesgo sus derechos por las condiciones del terreno, por lo que es responsabilidad de la Administración ejecutar los actos necesarios para que los afectados encuentren otro lugar donde vivir en condiciones parecidas a las que antes disfrutaban.[4]
Posteriormente, la Ley 388 de 1997, “Por la cual se modifica la Ley 9ª de 1989 y la Ley 3ª de 1991 y se dictan otras disposiciones”, pretendió, entre otros objetivos, garantizar el derecho fundamental a la vivienda digna y velar por la prevención de desastres. Así mismo, reiteró la obligación que tienen las autoridades municipales de tener una información actual y completa acerca de las zonas de riesgo de su municipio, de tal manera que se prevengan efectivamente desastres.[6]
Por su parte, la Ley 715 de 2001, “Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros” prescribió en su artículo 76 que las administraciones municipales deben prevenir y atender los desastres que ocurran en su jurisdicción, así como reubicar los asentamientos que se encuentren en zonas de alto riesgo. (Sobre este particular ver Sentencia T-175/13 de la Corte Constitucional)
En la misma línea tenemos la Ley 1523 de 2012, por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres la cual señala:
“Artículo 12. Los Gobernadores y Alcaldes. Son conductores del sistema nacional en su nivel territorial y están investidos con las competencias necesarias para conservar la seguridad, la tranquilidad y la salubridad en el ámbito de su jurisdicción.
Artículo 13. Los Gobernadores en el Sistema Nacional. Los gobernadores son agentes del Presidente de la República en materia de orden público y desarrollo, lo cual incluye la gestión del riesgo de desastres. En consecuencia, proyectan hacia las regiones la política del Gobierno Nacional y deben responder por la implementación de los procesos de conocimiento y reducción del riesgo y de manejo de desastres en el ámbito de su competencia territorial.
Parágrafo 1°. Los Gobernadores como jefes de la administración seccional respectiva tienen el deber de poner en marcha y mantener la continuidad de los procesos de gestión del riesgo de desastres en su territorio, así como integrar en la planificación del desarrollo departamental, acciones estratégicas y prioritarias en materia de gestión del riesgo, especialmente a través del plan de desarrollo departamental y demás instrumentos de planificación bajo su responsabilidad.
Parágrafo 2°. Los gobernadores y la administración departamental son la instancia de coordinación de los municipios que existen en su territorio. En consecuencia, están a cargo de las competencias de coordinación, concurrencia y subsidiariedad positiva respecto de los municipios de su departamento.
(…)
Artículo 14. Los Alcaldes en el Sistema Nacional. Los alcaldes como jefes de la administración local representan al Sistema Nacional en el Distrito y el municipio. El alcalde, como conductor del desarrollo local, es el responsable directo de la implementación de los procesos de gestión del riesgo en el distrito o municipio, incluyendo el conocimiento y la reducción del riesgo y el manejo de desastres en el área de su jurisdicción.
Parágrafo. Los alcaldes y la administración municipal o distrital, deberán integrar en la planificación del desarrollo local, acciones estratégicas y prioritarias en materia de gestión del riesgo de desastres, especialmente, a través de los planes de ordenamiento territorial, de desarrollo municipal o distrital y demás instrumentos de gestión pública.”
De acuerdo a la normatividad expuesta, es claro que la administración municipal, tiene la obligación y la competencia específica en lo concerniente al tema de prevención y atención de desastres, por lo que debe tener información actual y completa acerca de las zonas de alto riesgo; y a su vez, promover y apoyar programas o proyectos de vivienda de interés social para las personas ubicadas en zonas de riesgo .En consecuencia el Municipio deberá en el menor tiempo posible reubicar a las personas que considera están en riesgo y además proceder con la recuperación de la faja de vía, de lo contrario estaría incumpliendo con sus funciones legales.
Para mayor información puede consultar lo siguiente:
•Sentencia T-585 de 2008 (MP. Humberto Antonio Sierra Porto).
•Ver Ley 9ª de 1989, “por la cual se dictan normas sobre planes de desarrollo municipal, compraventa y expropiación de bienes y se dictan otras disposiciones”,
•Ley 3ª de 1991, “por la cual se crea el Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social, se establece el subsidio familiar de vivienda, se reforma el Instituto de Crédito Territorial, ICT, y se dictan otras disposiciones”,
•Ley 388 de 1997, “por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 2 de 1991 y se dictan otras disposiciones”
•Ley 546 de 1999, “por la cual se dictan normas en materia de vivienda, se señalan los objetivos y criterios generales a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular un sistema especializado para su financiación, se crean instrumentos de ahorro destinado a dicha financiación, se dictan medidas relacionadas con los impuestos y otros costos vinculados a la construcción y negociación de vivienda y se expiden otras disposiciones”,
•Ley 715 de 2001, “por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros”.
•Decretos 975 de 2004, “por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3 de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 812 de 2003 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social en dinero para áreas urbanas”,
•Decreto 3111 de 2004, “por el cual se reglamentan las Leyes 3ª de 1991, 708 de 2001 y 812 de 2003 y se modifica el artículo 18 del Decreto 951 de 2001”.
•Sentencias T-1094 de 2002, (MP. Manuel José Cepeda Espinosa), T-238ª de 2011, (MP. Mauricio González Cuervo), T-526 de 2012, (MP. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).
•Sentencias T-238A de 2011, (MP. Mauricio González Cuervo), T-526 de 2006, (MP. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).
¿Que estudio se realiza cuando se hace una solicitud de construcción de reductores de velocidad?
Se debe hacer un estudio técnico de acuerdo a lo establecido en el Manual de Señalización 2015.
¿Cuáles son los documentos necesarios para solicitar una Certificación Laboral en caso de que el Titular o Exempleado no pueda solicitarla personalmente y envíe a otra persona a hacerlo?
Los documentos necesarios para solicitar una Certificación Laboral en caso de que el Titular o Exempleado no pueda solicitarla personalmente y envíe a otra persona a hacerlo son:
•Carta debidamente firmada por el Titular o Exempleado autorizando a la persona que se presenta a la Territorial para que pueda solicitar la Certificación Laboral en su nombre.
•Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía o documento de identidad correspondiente del Titular o Exempleado.
•Oficio solicitando la Certificación laboral, en caso de no traer este oficio, debe solicitar el Formato de Solicitud de Certificaciones.
¿Dónde se pueden consultar los mapas viales de las carreteras y el estado actual de las vías?
Toda la información relacionada con los mapas de carreteras puede ser consultada en :
https://www.invias.gov.co/index.php/informacion-institucional/2512-mapa-de-carreteras-2014b
Para conocer el estado actual de las vias nacionales, se puede consultar comunicándose al siguiente número #767.
¿Qué requisitos se exigen para presentar un proyecto sobre vías terciarias?
El Instituto Nacional de Vías no requiere presentar proyectos para acceder a recursos para mantenimiento de vías terciarias, dado que se dispone de una matriz de priorización de vías en todos los municipios del país. En el evento de contar con recursos y que un municipio se priorice para ser atendido, se toma la vía con mayor puntaje del respectivo municipio.
¿Cómo se puede conocer la matriz de priorización de vías de un determinado municipio?
Debe remitir la correspondiente solicitud la Subdirección de la Red Terciaria y Férrea, donde le informarán las vías que están incluidas en la matriz de priorización.
¿Cuál es el trámite para incluir más vías en la matriz de priorización?
El Alcalde debe enviar una solicitud dirigida al Subdirector de la Red Terciaria y Férrea, mencionando el nombre y longitud de la vía que desea sea incluida en la matriz de priorización
¿Cuáles otras fuentes de financiación existen para el mantenimiento de vías terciarias?
En el momento, existen los recursos no ejecutados de regalías para Ciencia y Tecnología que el Congreso de la República aprobó utilizar en vías terciarias. Estos recursos serán ejecutados por los departamentos y por lo tanto los alcaldes deben gestionar ante el respectivo Gobernador.
¿Dónde se puede obtener el Diccionario de Datos para entrega de información Georreferenciada?
Para realizar la entrega SIG de los contratos se debe tener en cuenta el modelo para entregas de planos récord o estudios de diseño expuesto en la página https://hermes.invias.gov.co/geiv/ desde este link se puede descargar el modelo de datos y el diccionario de datos el cual indica la forma de diligenciamiento del modelo.
¿Dónde puedo obtener información de los Precios Unitarios del INVIAS?
El INVIAS, cuanta con un listado de precios de referencia correspondiente a las especificaciones generales de construcción de carreteras, el cual podrá consultar en nuestra página web www.invias.gov.co o a través del siguiente link http://www.invias.gov.co/index.php/informacion-institucional/hechos-de-transparencia/analisis-de-precio-unitarios
Allí encontrará los precios de referencia por territorial, de cada ítem de las especificaciones generales de construcción de vías, los cuales se publican semestralmente; igualmente podrá consultar un listado con precios de insumos, como maquinaria, materiales, transporte y mano de obra utilizado para la elaboración de los correspondientes APUs.
¿Qué es el PAGA?:
El PAGA es un instrumento previsto por INVIAS para mejorar la calidad de las obras.
Una oportuna identificación de los impactos ambientales y sociales que permita adoptar las medidas y programas para su atención, refleja el compromiso institucional con el desarrollo sostenible, pues si bien el mejoramiento de vías puede conllevar beneficios sociales y económicos para las comunidades y regiones, no es menos cierto que un inadecuado manejo puede ocasionar impactos adversos a mediano y largo plazo.
Un criterio institucional es lograr que los contratos de obra vial se estructuren integralmente, para atender tanto las necesidades técnicas del corredor como de su entorno más próximo, con lo cual además de promover la sostenibilidad de las inversiones, se contribuye a prevenir la ocurrencia de hechos de la naturaleza con consecuencias altamente costosas para el Estado, como la reciente ola invernal.
¿Qué se busca con la Elaboración del PAGA?:
La elaboración del PAGA tiene los siguientes propósitos:
-Identificar y acopiar la información para la oportuna gestión de permisos por uso y aprovechamiento de recursos naturales, en cuanto a identificación, estudios y soportes necesarios, requisitos y cronograma ante las Corporaciones Ambientales.
-Mejorar la calidad de las obras y del entorno en el que se desarrollan, con una adecuada identificación y ponderación de los impactos ambientales y sociales, y las medidas para prevenir, atenuar, mitigar o compensar, a partir de los programas contenidos en la Guía, que apliquen a cada contrato según las características ambientales donde se localice y alcance del mismo.
-Establecer los indicadores de gestión y seguimiento ambiental, para la obra y el contratista.
-Establecer relaciones armoniosas con las comunidades, autoridades locales y regionales y particularmente con las Autoridades Ambientales, que realizan seguimiento y control a las actividades, obras y proyectos que se ejecutan en su jurisdicción.
¿Qué es el Impacto Ambiental?
Alteración del medio ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en un área determinada, ocasionada por la acción del hombre.
¿Qué es el Plan de Manejo Ambiental?
Plan que, de manera detallada, establece las acciones que se requieren para prevenir, mitigar, controlar, compensar y corregir los posibles efectos o impactos ambientales negativos causados en desarrollo de un proyecto, obra o actividad.
¿Qué normatividad aplica el Instituto Nacional de Vías para el pago de Sentencias y conciliaciones?
La entidad aplica la asignación de turnos para el pago de sentencias y conciliaciones, de acuerdo a lo dispuesto en Decreto 359 de 1995, artículos artículo 36 y 37, los cuales se conforman teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos legales, listado que es dinámico, por cuanto cuando se ordena el pago de una sentencia, el respectivo turno que ésta tenía, desaparece de él, ascendiendo los expedientes que se encontraban en turnos posteriores a aquellos
Después de presentada la cuenta de cobro, ¿En cuánto tiempo se asigna el turno de pago de sentencias y conciliaciones?
Depende del cumplimiento de los requisitos, si la solicitud tiene la información requerida conforme a la normatividad legal, se asigna de inmediato teniendo en cuenta la fecha en que se radica; si no están los documentos completos hasta que se complemente en debida forma la documentación.
¿Hasta qué fecha se reconocen intereses para el pago de sentencias y conciliaciones?
Los intereses se reconocen conforme lo ordena el fallo y hasta la fecha de pago con un corte determinado, el cual se hace de acuerdo con el Plan Anualizado de Caja aprobado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la entidad, fecha en que se hará efectivo el pago.
Después de asignado el turno de pago, ¿en cuánto tiempo se emite resolución de pago?
El tiempo depende de la disponibilidad presupuestal que se tenga en el rubro de sentencias y conciliaciones del INVIAS y que el expediente esté en el turno No. 1 para pago.
Dentro del Instituto Nacional de Vías, ¿cuál es el procedimiento para la liquidación, verificación y proyección de resolución de pago de sentencias y conciliaciones?
El procedimiento para la liquidación está determinado por lo ordenado en el fallo, la información obtenida en la consulta efectuada a la DIAN de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 1068 de 2015, información que es tenida en cuenta una vez se va a ordenar el pago. La liquidación es efectuada por el profesional contador, la cual es incorporada en el acto administrativo que es proyectado por un abogado y revisado por la Coordinación del Grupo de Procesos Judiciales y Litigantes y, posteriormente, es aprobado y firmado por la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.
¿Cuánto tiempo tiene el Instituto Nacional de Vías, después de realizar la liquidación para proyectar la resolución de pago?
La resolución de pago se proyecta al tiempo con la liquidación de la sentencia por efectos de la fecha de corte de intereses para el pago.
Cuando se cancele una sentencia o conciliación ejecutoriada en contra del Instituto Nacional de Vías, en donde la entidad calcule erróneamente el pago de intereses y/o valores de los perjuicios causados legalmente, ¿qué procedimiento se debe seguir para corrección o revisión de los mismos?":
Teniendo en consideración que los actos administrativos que se profieren para el pago de sentencias y conciliaciones, conforme lo dispone el artículo 2.8.6.4.2 del Decreto 2469 de 22 de diciembre de 2015, son actos de ejecución no susceptibles de recursos, se puede solicitar mediante escrito la revisión de la liquidación indicando claramente las razones por las cuales se considera existe error, las cuales son revisadas y evaluadas por la entidad y en caso de existir error, se procederá a proferir la respectiva resolución aclaratoria o modificatoria, en caso contrario se dará respuesta al peticionario indicando las razones que tiene la entidad para no acceder a la solicitud, teniendo en cuenta el término establecido en el Acto Administrativo que ordena el pago.
¿El Instituto Nacional de Vías exige requisitos adicionales para la presentación de cuentas de cobro y posterior pago de sentencias?.
Los documentos que se deben aportar son el RUT de cada uno de los beneficiarios del fallo, de acuerdo con lo dispuesto por en el artículo 5 de la Resolución de la DIAN 228 de 31 de octubre de 2013 y el Decreto 2469 de 22 de diciembre de 2015, artículo 2.8.6.5.1., literal f, que autoriza solicitar, para efectos del pago de sentencias, los documentos requeridos por el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, por lo que es preciso que se aporten para el momento del pago.
Cuando se trata del pago de conciliaciones judiciales, el Instituto Nacional de Vías exige el original del formato AGF-FR 30, suscrito por parte del contratista, de acuerdo con la Resolución INVIAS No. 7169 de 19 de noviembre de 2014, artículo 1 literal f.
En caso de beneficiarios fallecidos, copia auténtica de la escritura de sucesión y los RUT de los herederos.
¿Cuál es el trámite que adelanta el Instituto Nacional de Vías ante la DIAN para verificar requisitos y deudas tributarias?
El trámite es el contenido en el Decreto 1068 de 2015. (http://www.minhacienda.gov.co/HomeMinhacienda/content/conn/OCS/path/Contribution%20Folders/SitioWeb/Home/elministerio/NormativaMinhacienda/DUR/DURConsolidado/3-3-2017-DUR-decreto-unico-reglamentario-sector-hacienda-actualizacion11%20oficial.htm) Una vez recibida toda la información de cada uno de los beneficiarios del fallo judicial, se procede a realizar vía electrónica la consulta de obligaciones fiscales pendientes ante la DIAN.
Esta verificación se vuelve a realizar tan pronto como se advierta una fecha próxima de pago; en el caso de que existan cesiones de créditos judiciales, la consulta se hará siempre respectos de los beneficiarios establecidos en el fallo no sobre los cesionarios.
En el caso, en que presupuesto vigente se haya agotado, ¿cabe la posibilidad de que haya una adición presupuestal?
Se desconocen las adiciones presupuestales que se puedan presentar, por cuanto éstos dependen de la capacidad que tenga el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para asignar recursos, en consecuencia, no es potestad del INVIAS.
¿Cómo puedo descargar la información que aparece en el mapa de carreteras?
Lo puede realizar a través del portal de datos abiertos que se encuentra al final de la página web de Invias: https://www.invias.gov.co/ , o en el siguiente link:
¿Cómo puedo medir distancias en el mapa de carreteras?
Para efectuar medición en el mapa de carreteras lo puede realizar mediante dos (2) herramientas interactivas que permiten obtener distancias entre ciudades o puntos seleccionados en el mapa, las cuales se encuentran en la parte superior derecha, una por el icono medición y la otra por el icono programe su ruta.
¿Cuál es el procedimiento para entrar a laborar en el INVIAS como funcionario de esa entidad?
El Instituto Nacional de Vías, de conformidad con lo dispuesto en el decreto 2171 de 1992, es un establecimiento público del orden nacional y por su naturaleza y estructura los servidores públicos que prestan sus servicios en la entidad, tienen la categoría de empleados públicos. De acuerdo con lo prescrito en la Constitución Nacional en su artículo 125, se determina que los funcionarios cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público. El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. De otro lado, el título V de la ley 909 de 2004 reglamenta todo lo relacionado con el ingreso y ascenso en la carrera administrativa determinando, en resumen, que para acceder a los cargos públicos debe hacerse previo concurso de méritos. La Comisión Nacional del Servicio Civil, es la encargada de la realización de los mencionados concursos, para lo cual efectuará las convocatorias correspondientes, si el candidato reúne los requisitos académicos y de experiencia podrá concursar para acceder a los cargos que en su momento se convoquen.
Por ello, lo (a) invito a estar pendiente de los concursos de méritos para acceder a cargos públicos en diferentes organismos del nivel nacional, una vez la Comisión Nacional del Servicio Civil adelante la convocatoria respectiva, la cual puede ser consultada en la página Web: www.cnsc.gov.co o en el número telefónico 3259700.
¿Cuál es el procedimiento si deseo hacer prácticas laborales en el INVIAS?
Para que pueda realizar sus pasantías, se recomienda consultar el PROGRAMA ESTADO JOVEN, desarrollado por el Ministerio del Trabajo en cooperación con el Departamento Administrativo de la Función Pública y las Cajas de Compensación Familiar, el cual tiene por objeto facilitar los procesos de transición del ciclo laboral al mercado laboral de los jóvenes para la realización de prácticas laborales y judicaturas en el sector público.
En el marco de lo anterior, lo invitamos a que contacte a la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo de las Cajas de Compensación Familiar, para obtener información de dicho programa y pueda ser partícipe del mismo
¿Cómo solicitar el permiso ordinario de carga Extradimensionada?
Permisos de movilización de carga indivisible extradimensionada y/o extrapesada: bajo los requisitos estipulados en el artículo 10 al 13 de la Resolución 4959 del 8 de noviembre de 2006, proferida por el Ministerio de Transporte.
En caso tal de que el trámite sea para obtención del permiso de transporte de carga indivisible que supere los tres punto seis (3.6) metros de ancho, el alto supere los cuatro punto cuatro (4,4) metros (medida desde el piso hasta la parte más alta de la carga o el vehículo), el largo sobresaliente por la parte posterior del vehículo supere los tres (3) metros y el Peso Bruto Vehicular (P.B.V) (carga + equipo de transporte) sea superior a cincuenta y dos (52) toneladas, se invita a verificar el siguiente enlace, donde se encontrará la información e instructivo requerido: https://www.gov.co/ficha-tramites-y-servicios/T46672
¿Cómo puede enterarse de las convocatorias públicas de los procesos de selección de contratistas del INVIAS?
La información acerca de los procesos de contratación que el INVIAS proyecta se pueden consultar en las siguientes fuentes:
Ingresando a la página web de Colombia Compra Eficiente: https://www.colombiacompra.gov.co/.
En el Secop II en el siguiente link: https://community.secop.gov.co/Public/Tendering/ContractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE
Avisos de prensa.
Ingresando a la página web del Instituto Nacional de Vías: https://www.invias.gov.co/ en el ítem de Contratación.
¿Cómo consultar el plan anual de adquisiciones del INVIAS?
La información referente al Plan Anual de Adquisiciones del Instituto Nacional de Vías se puede consultar en las siguientes fuentes:
Ingresar a la página web del Instituto Nacional de Vías: https://www.invias.gov.co/ en los ítems de contratación y Transparencia en la Contratación.
En el siguiente link: https://www.invias.gov.co/index.php/archivo-y-documentos/plan-anual-de-adquisiciones
Ingresar a la página web de secop: https://community.secop.gov.co/Public/App/AnnualPurchasingPlanManagementPublic/Index?currentLanguage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE
En los anteriores términos se emite respuesta a su solicitud, quedando atento a cualquier solicitud de aclaración, complementación o brindar colaboración en la revisión de la resolución.
¿A través de que canales se pueden comunicar los oferentes con la entidad para referirse a temas contractuales?
A través de los correos electrónicos: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
¿Cuáles son las funciones específicas de las dependencias y de los empleos en INVIAS?
Consulte el Decreto 2618 del 20 de noviembre de 2013 por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías INVIAS y se determinan las funciones de sus dependencias.
Así mismo, las funciones específicas de los empleos se encuentran en la Resolución 1588 de 2015 -Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Nacional de Vías-INVIAS.
Observación: es importante indicar que el Decreto 1292 de 2021, modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías – INVIAS y deroga el Decreto 2618 del 20 de noviembre de 2013.
¿Cómo se realiza en INVIAS la solicitud del certificado de información laboral para certificar tiempos de servicio y/o salarios para bonos pensionales y/o pensiones?
La solicitud debe efectuarse vía electrónica a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. remitiendo los datos principales, nombres y apellidos, número de identificación y demás datos que considere convenientes. También se debe especificar el tipo de certificación que requiere (con funciones, salario, tiempo de servicio) y dirigir su solicitud con destino a la Subdirección de Gestión Humana.
¿De qué forma se puede solicitar una certificación laboral cuando el funcionario activo o el exfuncionario no pueden requerirla personalmente?
La solicitud debe efectuarse vía electrónica a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. remitiendo los datos principales, nombres y apellidos, número de identificación y demás datos que considere convenientes. También se debe especificar el tipo de certificación que requiere (con funciones, salario, tiempo de servicio) y dirigir su solicitud con destino a la Subdirección de Gestión Humana.
¿Quiénes son las autoridades de transito?
La ley 1383 del 16 de marzo de 2010, por la cual se reforma la Ley 769 de 2002 - Código Nacional de Tránsito, y se dictan otras disposiciones, en su artículo segundo establece lo siguiente:
Artículo 2°. El artículo 3° de la Ley 769 de 2002, quedará así:
Artículo 3°. Autoridades de tránsito. Para los efectos de la presente ley entiéndase que son autoridades de tránsito, en su orden, las siguientes:
- El Ministro de Transporte.
- Los Gobernadores y los Alcaldes.
- Los organismos de tránsito de carácter departamental, municipal o Distrital.
- La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte.
- Los Inspectores de Policía, los Inspectores de Tránsito, Corregidores o quien haga sus veces en cada ente territorial.
- La Superintendencia General de Puertos y Transporte.
- Las Fuerzas Militares para cumplir exclusivamente lo dispuesto en el parágrafo 5° de este artículo.
- Los Agentes de Tránsito y Transporte.
Parágrafo 1°. Las entidades públicas o privadas a las que mediante delegación o convenio les sean asignadas determinadas funciones de tránsito, constituirán organismos de apoyo a las autoridades de tránsito.
Parágrafo 2°. El Gobierno Nacional podrá delegar en los organismos de tránsito las funciones que por ley le corresponden al Ministerio de Transporte.
Parágrafo 3°. Las Autoridades, los organismos de tránsito, las entidades públicas o privadas que constituyan organismos de apoyo serán vigiladas y controladas por la Superintendencia de Puertos y Transporte.
Parágrafo 4°. La facultad de Autoridad de Tránsito otorgada a los cuerpos especializados de la Policía Nacional se ejercerá como una competencia a prevención.
Parágrafo 5°. Las Fuerzas Militares podrán ejecutar la labor de regulación del tránsito, en aquellas áreas donde no haya presencia de Autoridad de Tránsito.
¿Cuál es el manual de señalización vial vigente y donde puedo consultarlo?
El Manual de Señalización vigente corresponde a la Versión 2015, el cual fue adoptado mediante resolución No. 0001885 del 17 de junio de 2015 del Ministerio de Transporte. El documento se puede consultar en la página web del Ministerio de Transporte www.mintransporte.gov.co, en el módulo APLICATIVOS INSTITUCIONALES a través del vínculo Manual de Señalización, o en el siguiente enlace:
https://www.invias.gov.co/index.php/archivo-y-documentos/documentos-tecnicos/5453-manual-senalizacion-2015https://www.invias.gov.co/index.php/archivo-y-documentos/documentos-tecnicos/5453-manual-senalizacion-2015
¿A quién le corresponde la reglamentación de las características técnicas de la demarcación y señalización de toda la infraestructura vial nacional?
Conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 1383 de 2010 que modificó el artículo 5 de la Ley 769 de 2002, la reglamentación de las características técnicas de la demarcación y señalización de toda la infraestructura vial nacional le corresponde al Ministerio de Transporte.
¿Quién es el responsable de la prestación, operación, mantenimiento y expansión del servicio de alumbrado público de las vías?
La prestación y mantenimiento del servicio de alumbrado público, es competencia de los municipios, tal como se establece en el artículo 4 del Decreto 943 de 2018 “Por el cual se modifica y adiciona la Sección 1, Capítulo 6 del Título III del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015, relacionado con la prestación del servicio de alumbrado público", en el cual se cita:
“Modifíquese el artículo 2.2.3.6.1.2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015, el cual quedará así:
"ARTÍCULO 2.2.3.6.1.2. Prestación del Servicio. Los municipios o distritos son los responsables de la prestación del servicio de alumbrado público, el cual podrán prestar de manera directa, o a través de empresas de servicios públicos domiciliarios u otros prestadores del servicio de alumbrado público que demuestren idoneidad en la prestación del mismo, con el fin de lograr un gasto financiero y energético responsable.
De conformidad con lo anterior, los municipios o distritos deberán garantizar la continuidad y calidad en la prestación del servicio de alumbrado público, así como los niveles adecuados de cobertura.”
¿Quién es el responsable de la señalización de las vías nacionales que pasan por los municipios?
El responsable es el INSTITUTO NACIONAL DE VIAS, a menos de que se trate de una vía concesionada o que la carretera pase por ciudades capitales de Departamento, conforme a lo establecido en el artículo 74 del Decreto 77 del 15 de enero de 1987, en cuyo caso la señalización estará a cargo de la respectiva entidad territorial.
¿Cuáles proyectos de infraestructura vial no requieren licencia ambiental?
En general, los proyectos de infraestructura vial que no requieren de licencia ambiental y se ejecutan con PAGA son los de mejoramiento, rehabilitación y mantenimiento siempre y cuando no tengan afectación de alto impacto.
¿Qué es un ZODME?
ZODME es la sigla que indica las zonas de disposición de materiales de excavación sobrantes de las obras de infraestructura, que evitan generar afectaciones al ambiente o la comunidad del área de influencia. Para la construcción de un ZODME es importante seleccionar el sitio y hacer un buen diseño que garantice la estabilidad del sitio.
¿En qué consiste el programa escuelas verdes del INVIAS?
El programa Escuelas Verdes fue creado mediante la resolución 6725 del 28 de septiembre del 2016 con el propósito de mejorar el paisaje de las carreteras a su cargo, arborizando la parte externa de planteles educativos ubicados en áreas adyacentes al espacio público de la vía directamente con la participación de estudiantes y comunidad en general.
¿Cuál es la entidad encargada de otorgar permisos, autorizaciones y concesiones de uso y aprovechamiento de recursos naturales para ejecutar un proyecto de infraestructura?
Los responsables de emitir permisos, autorizaciones y concesiones para proyectos de infraestructura vial Son las autoridades ambientales regionales como las Corporaciones Autónomas Regionales -CAR, y de permisos nacionales están a cargo de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA y el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS.
¿Dónde puedo encontrar información sobre Caminos Comunitarios de la Paz total?
Puede encontrar toda la información pertinente al programa: en qué consiste el programa, la etapa en que se encuentra, etc. En el siguiente enlace: https://caminoscomunitarios.invias.gov.co/#:~:text=El%20gobierno%20Nacional%20estructura%20el%20programa%20Caminos%20Comunitarios.
¿Dónde puedo colocar una queja disciplinaria por actos de corrupción?
Se puede realizar en la página Web del INVIAS / inicio / desliza en la parte inferior en acciones rápidas / clic en el icono "Denuncie posible actos de corrupción" y diligencie el formulario de acuerdo con el tema y tipo de solicitud de acuerdo a su necesidad.
También lo puedes realizar a través de este enlace: https://invitramites.invias.gov.co/PQRSD/Publica/index.php o al correo institucional Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. dirigido a la oficina de control disciplinario con sus respectivos soportes.
¿Cuáles son las funciones específicas de las dependencias y de los empleos en el INVIAS?
Consulte los Decretos 1292 y 1293 del 14 de octubre del 2021, mediante los cuales se modifica la estructura y la planta de personal del Instituto Nacional de Vías. Del mismo modo, las funciones, competencias y requisitos específicos para cada uno de los empleos se encuentran en la Resolución 1704 del 24 de mayo del 2023, mediante la cual se estableció el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales del Instituto.