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  • Mediante el Decreto 482, firmado por el Presidente de la República, Iván Duque Márquez, se creó el Centro de Logística y Transporte, que tendrá dentro de sus funciones, articular la movilidad de alimentos hacia los sitios de abastecimiento en el país, así como de insumos y artículos para salud, durante el término que dure la emergencia económica, social y ecológica.
  • El Centro de Logística y Transporte estará integrado por la Ministra de Transporte, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, un delegado del Presidente de la República y el Viceministro de Transporte, quien lo presidirá.
  • En el Decreto se especifica que durante el término que dure la emergencia y el Aislamiento Preventivo Obligatorio no se cobrarán peajes que estén a cargo del Instituto Nacional de Vías – INVÍAS- (43) y tampoco en las vías concesionadas, que son manejados por la Agencia Nacional de Infraestructura –ANI- (101).
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  • La Entidad puso en marcha el Protocolo General de Bioseguridad para los proyectos de infraestructura de transporte que continúan su ejecución durante la emergencia sanitaria, de conformidad con el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020.
  • Este protocolo aplicará para todo el personal presente en los proyectos de infraestructura de Transporte que se encuentren en ejecución durante la emergencia sanitaria.
  • Deberá adaptarse de acuerdo con las condiciones particulares de cada trabajo y en coordinación con las autoridades locales.
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