El Instituto Nacional de Vías hizo un llamado a los beneficiarios de tarifas especiales de peaje para que tengan en cuenta lo contemplado en el Capítulo II de la resolución 0228 de 2013- de tarifas de peaje para las casetas a cargo del INVIAS-, donde se establecen las condiciones para acceder y mantener las mismas y las causales de pérdida del beneficio, entre otras.