En razón de lo establecido en el artículo 6º la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014 y de acuerdo con lo estipulado en la Resolución 761 de 2013, en cuanto a que las medidas de regulación del tráfico vehicular deberán ser difundidas con al menos un (1) mes de anterioridad por el Ministerio de Transporte, de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y las autoridades de Tránsito local, y dada la proximidad de este primer puente festivo, el Ministerio de Transporte informa: