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Invías aclara los avances y realidades del Programa Caminos Comunitarios de la Paz Total

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Bogotá, D.C. 29 de julio de 2025 (@InviasOficial). El Instituto Nacional de Vías – Invías se permite aclarar a la opinión pública los fundamentos, avances y contexto del Programa Caminos Comunitarios de la Paz Total ante la nota de prensa publicada por la Revista Semana, titulada “La piñata detrás de los Caminos Comunitarios de la Paz Total: 150.000 millones están embolatados”.

Es importante destacar que el Programa Caminos Comunitarios de la Paz Total representa una apuesta estructural del Estado colombiano por cerrar brechas de conectividad rural, fortalecer el tejido social y avanzar en la implementación territorial de la paz, a través de esquemas participativos que promueven el desarrollo local y la inclusión de comunidades históricamente excluidas.

Con el pleno conocimiento de la atención que requieren las vías terciarias en mal estado, el programa tiene como objetivo impactar positiva y directamente a miles de veredas, corregimientos y territorios rurales apartados de nuestro país, puesto que su deterioro dificulta la movilidad oportuna de personas, el transporte de productos agropecuarios, el acceso a salud, educación y mercados. Caminos Comunitarios de la Paz Total trabaja para contrarrestar esta situación que ha perpetuado ciclos de pobreza, exclusión y debilidad institucional, especialmente en zonas afectadas por el conflicto armado, la informalidad económica y la baja inversión pública sostenida.

Invías aclara que en la vigencia 2023, se suscribieron 1.035 convenios solidarios con Organismos de Acción Comunal distribuidos en 521 municipios de 29 de los 32 departamentos del país con una inversión de más de 233 mil millones de pesos. Contrario a lo afirmado por el medio en cuestión, el estado actual de estos, refleja un avance del 98% en la ejecución de obras, con 999 convenios terminados, lo que no solo constituye la muestra de una gestión efectiva de los recursos públicos, sino también el cumplimiento de las metas que fundamentan el programa.

Estas cifras desmienten la baja ejecución señalada por Revista Semana, puesto que la realidad es que se encuentran a punto de finalizar satisfactoriamente los convenios celebrados en la vigencia 2023. En el caso de aquellos convenios donde se suscribieron prórrogas al plazo de ejecución inicialmente previsto, estas obedecen a razones relacionadas con las dinámicas propias de los territorios y de los procesos del sector público, pero en todo caso, se sometieron al trámite legalmente previsto para la suscripción de estos actos modificatorios.

Por otra parte, respecto a las imágenes publicadas en dicho reportaje, que el medio de comunicación denomina como “(...) un robusto informe que deja en evidencia la casi nula evolución de esos proyectos” se trata de un oficio de carácter interno de la Procuraduría General de la Nación, con un descriptivo del Programa Caminos Comunitarios de la Paz Total, una identificación del Invías y de los sujetos disciplinables, donde el órgano de control se refiere a “posibles funcionarios o servidores públicos que cometieron la falta disciplinaria”, documento que forma parte del ejercicio de las funciones preventivas que le asisten a la Procuraduría General sin que se hayan presentado hallazgos formales, aunado a la publicación incompleta de su contenido.

Frente a la supuesta falta de publicación de los documentos que forman parte de los expedientes de los convenios solidarios, el Instituto Nacional de Vías, aclara al medio de comunicación que efectivamente, se encuentran cargados en debida forma y disponibles para consulta pública, los documentos que componen el expediente contractual de todos los convenios que se han suscrito en el marco del Programa “Caminos Comunitarios de la Paz Total”.

Adicionalmente, la Revista Semana induce al error a los lectores al afirmar que “Todo esto se había advertido cuando el presidente Petro, caprichosamente, dio la orden de cambiar la contratación de todas estas obras, no hacer licitaciones y entregarlas a dedo a juntas que no tenían ni la más remota idea de construcciones.” (Rayas fuera de texto) pues dicha afirmación no solo resulta peyorativa frente al trabajo acucioso de los Organismos de Acción Comunal, sino que desconoce la naturaleza jurídica de los convenios solidarios, donde la licitación no es la modalidad de contratación aplicable, sino que por el contrario, por tratarse de negocios jurídicos entre el Estado y las organizaciones cívicas, la ley excepcionalmente habilita a celebrar convenios solidarios en forma directa con los OAC (Organismos de Acción Comunal), hasta por el monto de la menor cuantía, introduciendo además una serie de requisitos que deben materializarse durante todas las etapas de los convenios, propendiendo siempre por la aplicación plena de los principios que rigen la contratación estatal y la gestión fiscal. Lo anterior amparado en el artículo 95 de la Ley 2166 de 2021 “Por la cual se deroga la Ley 743 de 2002, se desarrolla el Artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal y se establecen lineamientos para la formulación e implementación de la política pública de los organismos de acción comunal y de sus afiliados, y se dictan otras disposiciones”.

Con la ejecución de los proyectos por parte de los Organismos de Acción Comunal existe evidencia suficiente que demuestra que la metodología aplicada por el Programa Caminos Comunitarios de la Paz Total optimiza los recursos; da lugar a una mejor selección de proyectos, al aprovechar los conocimientos locales con un factor adicional: las obras se hacen en plazos cortos; protege la operación de casos de corrupción debido a la supervisión constante de la comunidad y puede funcionar en entornos inseguros, gracias al amplio apoyo participativo de la comunidad.

Por otro lado, el aparte periodístico indica que “Lo que significa que en ese momento el Invías desembolsó todo el dinero antes de la ejecución de las actividades y sin condiciones” es una afirmación parcializada, toda vez que dentro de la etapa de planeación, si bien el Invías previó el desembolso total de los recursos, este se encuentra justificado en la necesidad de disponibilidad de los mismos, que se requieren para la correcta ejecución de las obras, pero a su vez conforme a lo dispuesto por el Estatuto General de la Contratación Pública, dentro de la etapa de planeación se determinó la necesidad de que se constituyera una garantía a favor del Instituto con la finalidad de amortizar cualquier posible riesgo dentro de la ejecución, lo que incluye por supuesto, un amparo de cumplimiento. De igual manera el Invías, con el firme propósito de blindar aún más el uso debido de los recursos públicos, dentro de los convenios solidarios y dentro de las obligaciones que recaen sobre la interventoría o supervisión, quedó establecido el manejo de la cuenta y aprobación de los pagos, se realiza de manera conjunta entre el Organismo de Acción Comunal, la Interventoría y/o supervisión.

Es cierto que el Congreso de la República citó a debate de control político a las entidades que componen el sector transporte, el cual contó con presencia y participación del Director General del INVIAS, para mostrar los logros y avances de los programas que se adelantan desde esta entidad, sin que a la fecha se hayan recibido cuestionarios ni citaciones a debate de control político adicionales, respecto del Programa “Caminos Comunitarios de la Paz Total”.

Así entonces, a la fecha de emisión del presente comunicado, no existe un proceso de carácter sancionatorio en cabeza de la Procuraduría General de la Nación por las supuestas irregularidades respecto a la ejecución del 75% de los convenios solidarios de la vigencia 2023, como lo manifiesta la Revista Semana, por lo que dichas afirmaciones no cuentan con acervo probatorio alguno para soportar lo afirmado. Sin embargo, el Invías reafirma su compromiso con la transparencia, la legalidad y la gestión eficiente de los recursos públicos, en todos los programas e iniciativas que adelanta, en especial los esquemas diferenciales de cooperación con comunidades organizadas, como los Organismos de Acción Comunal.

Finalmente, respecto a la afirmación “Dentro de ese documento se registró que a la Junta de Acción Comunal de Amalfi, en Antioquia, se le habrían entregado más de 200 millones de pesos, pero a la fecha el avance es de cero por ciento, no ejecutado”, se les invita a consultar la plataforma transaccional del SECOP II, en donde se evidencia que el Convenio 3589 de 2023 no tuvo orden de inicio ni se giraron los recursos, pues debido a temas de orden público que imposibilitaban la ejecución del convenio, las partes procedieron con la terminación anticipada por mutuo acuerdo, en aplicación del principio de autonomía de la voluntad y en cumplimiento de lo dispuesto en la Cláusula Décima Quinta del Convenio Solidario, en donde se estableció: “(…) El presente convenio se dará por terminado en los siguientes eventos: I. Por mutuo acuerdo entre las partes, siempre que con ello no se causen perjuicios a ninguna de ellas (…)”.

El Instituto Nacional de Vías reitera su compromiso con los medios de comunicación e invita a una transparente comunicación con la ciudadanía, donde se propenda siempre por la divulgación de información real, clara y verificada.

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