gov

Navegación

Inhabilitado contratista AULI FERNANDO VELANDIA por negarse a suscribir contrato

Tipografía

Bogotá. Mediante Resolución No. 1817 del 28 de marzo de 2018 la Oficina Asesora Jurídica del Instituto Nacional de Vías confirmó en todas sus partes la Resolución No. 05817 del 02 de noviembre de 2017 por medio de la cual se declaró el siniestro en la garantía de la seriedad de la oferta presentada por el señor AULI FERNANDO VELANDIA MEDINA en el proceso de selección abreviada de menor cuantía SA-MC-DO-SMF-012-2017, cuyo objeto era el mantenimiento, administración, organización y operación del muelle la esmeralda Municipio de Puerto Asís, Departamento del Putumayo, al haberse abstenido de suscribir el contrato estatal adjudicado.

Igualmente, se resolvió hacer efectivo el amparo de seriedad de la oferta contenido en la póliza de cumplimiento expedida por la Compañía Seguros Generales Suramericana S.A; en una cuantía de treinta y tres millones de pesos ($33.000.000). A la fecha la compañía garante ya efectuó el pago del siniestro al Instituto y se generó el respectivo paz y salvo.

De la misma manera se declaró en los términos del literal e) del numeral primero del artículo 8 de la ley 80 de 1993 la inhabilidad al ingeniero AULI FERNANDO VELANDIA MEDINA, por término de 5 años para participar en licitaciones o concursos para celebrar contratos con entidades estatales.

Al no haberse suscrito el contrato con quien resultó ganador, dio lugar a que se configuraran los supuestos necesarios para adjudicar el contrato al proponente calificado en el segundo lugar en el orden de elegibilidad, según lo dispuesto en el numeral 12 del artículo 30 de la ley 80 de 1993.

020621 vale invias ico
¿Tienes dudas?, pregúntale a Vale

CHAT INVIAS X

Accesibilidad Web

 
Logo Centro de Relevo MinTIC