“Por la cual se concede un permiso a la ASOCIACIÓN DE CULTIVADORES DE CAÑA DE AZUCAR DE COLOMBIA ASOCAÑA, identificada con el NIT.890.303.178-2 para el transporte de caña de azúcar y bagazo de caña de azúcar por unas carreteras de la Red Vial Nacional, en los departamentos Valle del cauca, Cauca, Risaralda, Meta y Caldas”