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A continuación se publican las respuestas que corresponden a  los Derechos de Petición o Requerimientos de los cuales no se cuenta con  dirección de residencia, correo electrónico o postal, número de contacto, o que  los mismos han sido devueltos.

Documentos

pdf OAJ 18386 - MARIA VICTORIA SOLARTE DAZA Popular

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pdf OAJ 18397 - JOSE GABRIEL VARGAS CARVAJAL Popular

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pdf OAJ 18398 - CONSTRUVICOL Popular

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pdf OAJ 18400 - REPRESENTANTE LEGAL O QUIEN HAGA SUS VECES Popular

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pdf OAJ 18401 - CIAF LTDA. Popular

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pdf OAJ 18405 - AULI FERNANDO VELANDIA MEDINA Popular

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pdf OAJ 18402 - ALFREDO ORTEGON PULIDO Popular

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pdf OAJ 18374 - CIVIL ENGINEERING TECNOLOGY Popular

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pdf OAJ 18403 - LELIS ALFONSO SOTELO SANCHEZ Popular

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pdf OAJ 18524 - ADRIANA CAROLINA MORA IBARRA Popular

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oaj_18524REVISAR.pdf

pdf OAJ 18523 - VICTOR ANTONIO FERANDEZ VALENCIA Popular

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pdf OAJ 18522 - MARIA J. ORTEGA ACUÑA Popular

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pdf Resolución 284 del 3 de febrero de 2020 - Juan Carlos Londoño Ayran, Dario Londoño Ayran, Hilda María del Pilar Londoño Ayran y Oscar Londoño Ayran Popular

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res_0284_030220.pdf

Por medio de la cual se ordena la imposición administrativa de una servidumbre de paso de infraestructura eléctrica sobre una franja de terreno, identificada con la ficha predial 054AT01-PCCC que hace parte del inmueble rural, ubicado en la vereda BERMELLÓN, del municipio de CAJAMARCA, TOLIMA, denominado “LA AUSTRALIA” en geoportal del IGAC se identifica de igual forma, localizado entre las abscisas inicial K22+358,01 y final K22+827,33 e identificado con la matrícula inmobiliaria 354-1001 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Calarcá, de propiedad de JUAN CARLOS LONDOÑO AYRAN, DARIO LONDOÑO AYRAN, HILDA MARÍA DEL PILAR LONDOÑO AYRAN y OSCAR LONDOÑO AYRAN, identificados respectivamente con CC. 93.400.250, 93.385.857, 42.078.973 y 93.376.199, necesario para la ejecución del proyecto “CRUCE DE LA CORDILLERA CENTRAL, CONTRATO 1759 DE 2015 con objeto es Suministro, instalación y puesta en marcha de los Equipos Electromecánicos del proyecto Cruce de la Cordillera Central”.

pdf Aviso Resolución 728 del 13 de marzo de 2020 - Álvaro Pérez Caballero Popular

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aviso_res_0728_130320.pdf

Por medio de la cual se da respuesta a recurso de reposición y se ordena seguir con los trámites judiciales de expropiación del lote de terreno identificado con la ficha predial 109D TU-SCCB, denominado “Lote número veinte-cuatro-B (20-4-B)”, ubicado en el municipio de Tubará departamento del Atlántico, localizado entre las abscisas inicial Km 80+998,76 D y final Km 81+031,64 D, e identificado con la matrícula inmobiliaria 040-322067 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barranquilla, Atlántico, de propiedad de ÁLVARO PEREZ CABALLERO, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 8.667.871, necesario para la ejecución del CONTRATO No. 1674 DE 2015 cuyo objeto es el “MEJORAMIENTO, GESTIÓN PREDIAL, SOCIAL Y AMBIENTAL MEDIANTE LA CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DE LA CARRETERA CARTAGENA- BARRANQUILLA EN LOS DEPARTAMENTOS DE BOLÍVAR Y ATLÁNTICO PARA EL PROGRAMA VÍAS PARA LA EQUIDAD”.

pdf SMA 16862 del 6 de mayo de 2020 - Inversiones, Construcciones e Inmobiliaria Visbal Eskaff Limitada I.C.I Visca Limitada. Popular

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Oferta formal de Compra, Por la cual se dispone la adquisición de una franja de terreno del predio denominado “MACHIN” identificado con la Matricula Inmobiliaria número 045-8810 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barranquilla y cedula catastral No. 00040000005000, con ocasión al cumplimiento a las obligaciones ambientales establecidas en la Resolución No 00821 de fecha 05 de Junio de 2018 de la Autoridad Nacional de Licencias ambientales por lo cual se aprueba un plan de compensación por pérdida de Biodiversidad y dentro del entendido que la declaratoria de utilidad pública e interés social para el desarrollo del contrato No. 1674 de 2015, no se limita a la construcción del trazado vial, sino a la articulación de los componentes ambientales, sociales y prediales que permitan el efectivo desarrollo de las actividades requeridas, se dispone la adquisición de una franja de terreno a segregarse de un predio ubicado en la Vereda Palomar, Jurisdicción del Municipio de Piojo, Departamento del Atlántico.
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