Bogotá, 29 de mayo 2014. - En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 3226 del 25 de mayo de 2012, en su artículo 3.1, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, que la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas a continuación:
FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES QUE SERÁN OBJETO DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS DEPARTAMENTOS. |
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VIERNES |
30 - mayo -2014 |
16:00 A 20:00 HORAS |
SÁBADO |
31 - mayo -2014 |
07:00 A 22:00 HORAS |
LUNES |
02 - junio -2014 |
09:00 A 23:00 HORAS |
Vías a restringir:
10. IBAGUÉ – ARMENIA – CALI 11. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT 12. PASTO – CHACHAGÜI. 13. BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA 14. BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA 15. SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ 16. CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT 17. ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA 18. BUCARAMANGA- SAN ALBERTO 19. BUCARAMANGA –LA LIZAMA 20. VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ 21. HONDA-DORADAL-MEDELLÍN 22. SANTA MARTA-BARRANQUILLA 23. MONTERÍA -TOLÚ- COVEÑAS 24. BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA 25. TUNJA –CHIQUINQUIRÁ 26. TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO 27. TUNJA-BARBOSA 28. MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA 29. MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL 30. HATILLO-BARBOSA 31. MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO 32. MANIZALES-LA MANU ELA-LA FELISA-LA PINTADA 33. MANIZALES-CHINCHINA-SANTAROSA-PEREIRA 34. PEREIRA-ARMENIA-RIOSUCIO 35. PEREIRA-CARTAGO-LA PAILA 36. CALI-YUMBO-YOTOCO 37. NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA 38. IBAGUÉ-HONDA 39. PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ 40. BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA 41. SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA 42. BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO 43. MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO (BOLÍVAR) 44. VILLAVICENCIO-CUMARAL |
NOTA ESPECIAL: De ser necesaria la activación del reversible u otra medida de manejo de tráfico, en horario diferente al establecido, por necesidad de descongestión en las vías antes mencionadas, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional informará en vía a los usuarios y hará uso de cualquiera de estas medidas.
En los demás anillos viales que se realizan en el Departamento de Cundinamarca iniciarán su implementación así:
Vía LA VEGA – BOGOTÁ: a partir de las 12:00 horas
Vía LA MESA (sector la Gran vía) – BOGOTÁ: a partir de las 12:00 horas
Vía VILLAVICENCIO – BOGOTÁ: a partir de las 14:00 horas
NOTA 1: El día viernes 30 de mayo de 2014, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El día lunes 02 de mayo de 2014, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas.
NOTA 3: El Instituto Nacional de Vías - INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, suspenden y no realizan obras en la red vial, durante la vigencia del presente comunicado.
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la presente resolución.
NOTA 5: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
NOTA 6: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en el artículo 6 de la resolución 3226, “por la cual se establecen unas medidas de tránsito vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país en temporadas especiales y se dictan otras disposiciones”.