En aras de incentivar la cultura cero papel, el Instituto Nacional de Vías a través de la Subdirección Financiera determinó simplificar algunos de los requisitos que tradicionalmente se tenían para el trámite y radicación de cuentas, tanto en las direcciones territoriales como en la planta central.
De ahora en adelante, se requerirá de un solo juego de documentos y no con copia como era la exigencia. De acuerdo con la naturaleza de las cuentas, los documentos exigidos son:
Actas de Obra o Costos y Ajustes
-Factura
-Hoja de Ruta (MSE-FR-07-1 VERSION 1)
-Acta de Obra ( MSE-FR-07 VERSION 2)-Costos ( MSE-FR-08 VERSION 2) –Ajuste (MSE-FR-11-1 VERSION 2) acta obra mantenimiento rutinario ( MSE-FR-31 )
-Programa de Inversión
-Certificado de pago de parafiscales
-Formato de afectación presupuestal de las obligaciones (AGF-FR-29 VERSION 1)
-Formato de identificación de ejecución contractual (AGF-FR-30 VERSION 1)
-Copia del acta de recibo definitivo, si es la última cuenta
-RUT
Anticipos o Desembolsos
-Formato de autorización de pago (AGF-FR-09 VERSION 3.1)
-Copia del oficio de aprobación de pólizas
-Formato de afectación presupuestal de las obligaciones (AGF-FR-29 VERSION 1)
-Copias del contrato, compromiso presupuestal de gasto y RUT Actualizado.
-Los demás que establezca el clausulado del contrato en lo relacionado con el pago
-En los desembolsos certificación de paz y salvo de servicios públicos
Proveedores (Compra de bienes, seguros, predios o mejoras, combustible, mantenimientos de vehículos, vigilancia, aseo y cafetería)
-Factura o autorización de pago (AGF-FR-09 VERSION 3.1)
-Certificación de la prestación del servicio o entrega del bien, o documento estipulado contractualmente
-Formato de afectación presupuestal de las obligaciones (AGF-FR-29 VERSION 1)
RUT
-Comprobante de entrada a almacén, según el caso
Con la medida la entidad sigue dando aplicabilidad a la ley anti trámites pensando siempre en el beneficio de los usuarios.