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Restricción de vehículos de carga “para la temporada vacacional de Semana Santa 2015, en la red vial nacional”.

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En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014, en su artículo 2 TEMPORADA VACACIONAL DE SEMANA SANTA, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, que la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas a continuación:

  

FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES  QUE SERÁN OBJETO DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS DEPARTAMENTOS.

 

Viernes

27 de marzo

15:00 A 22:00 HORAS

Sábado

28 de marzo

09:00 A 20:00 HORAS

Domingo

29 de marzo

12:00 A 22:00 HORAS

Miércoles

01 de abril

12:00 A 24:00  HORAS

Jueves

02 de abril

08:00 A 12:00  HORAS

Sábado

04 de abril

12:00 A 22:00 HORAS

Domingo

05 de abril

09:00 A 24:00  HORAS

 

Vías a restringir:

 

1.     BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA.

2.     BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ.

3.     BOGOTÁ – TUNJA.

4.     BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA.

5.     BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT.

6.     BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS.

7.     MEDELLÌN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.

8.     BOGOTÁ  - CHOACHI.

9.     BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR)

10.  IBAGUÉ – ARMENIA – CALI.

11.  NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.

12.  PASTO – CHACHAGÜI.

13.  BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA

14.  BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA

15.  SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ

16.  CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT

17.  ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA

18.  BUCARAMANGA- SAN ALBERTO

19.  BUCARAMANGA –LA LIZAMA

20.  VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ

21.  HONDA-DORADAL-MEDELLÍN

22.  SANTA MARTA-BARRANQUILLA

23.  BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA

24.  TUNJA –CHIQUINQUIRÁ

25.  TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO

26.  TUNJA-BARBOSA

27.  MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA

28.  MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL- CAUCACIA

29.  HATILLO-BARBOSA

30.  MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO

31.  MANIZALES-LA MANUELA-LA FELISA-LA PINTADA

32.  MANIZALES-CHINCHINA-SANTAROSA-PEREIRA

33.  ARMENIA - PEREIRA-RIOSUCIO

34.  PEREIRA-CARTAGO-LA PAILA

35.  NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA

36.  IBAGUÉ-HONDA

37.  PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ

38.  BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA

39.  SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA

40.  BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO

41.  MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO  (BOLÍVAR)

42.  VILLAVICENCIO-CUMARAL-BARRANCA DE UPIA-VILLANUEVA-MONTERREY-TAURAMENA- AGUAZUL-YOPAL.

43.  RIOHACHA - VALLEDUPAR

44.  RIOHACHA - SANTA MARTA

 

NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.

 

Igualmente, podrá implementar anillos viales en los siguientes días festivos: San José, Corpus Christi, San Juan, San Pedro, Asunción de Nuestra Señora y el día de todos los Santos”.

NOTA 1: El día viernes 27 de marzo de 2015, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.

NOTA 2: El día domingo 5 de abril de 2015, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas.

NOTA 3: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.

NOTA 4: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional. 

NOTA 5: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, "Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones".

NOTA 6: El Instituto Nacional de Vías - INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantaran algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios. 

NOTA 7: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puertos y Transporte, INVIAS y ANI. Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152 Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.

NOTA 8: De  acuerdo con las facultades contenidas en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 en el artículo 3, se modifica la restricción para el tránsito de vehículos de carga el día jueves 2 de abril reduciéndola en 8 horas quedando así:

 

DIA

FECHA

HORARIO DE RESTRICCIÓN

Jueves

02 de abril

08:00 A 12:00  HORAS

 

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